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Carpeta 2018

Documentos

pdf Boletín Oficial Nº 125

---SECCIÓN CONCEJO DELIBERANTE---- ORDENANZAS

ORDENANZA 12.471.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN

SANCIONA:

ARTÍCULO 1o.- Adaptar los espacios públicos o privados de concurrencia pública, para personas con discapacidad, especialmente aquellas que padecen de TAC, (Trastorno del aspecto autista), a través de la implementación e instalación de Pictogramas, favoreciendo el apoyo visual, uso seguro y su comportamiento en estos lugares.-

ARTICULO 2o.- Proceder a implementar en forma gradual y a través de las áreas que correspondan del D.E M., la instalación de Pictogramas, con una medida estándar de 18cm.x18cm., destinados a facilitar el desenvolvimiento mediante este apoyo visual a personas con discapacidad, especialmente aquellas que este apoyo visual a persona con discapacidad, especialmente aquellas que padecen TAC, (Trastorno del espectro autista), en lugares públicos o privados de concurrencia públicas.-

pdf Boletín Oficial Nº 124

---SECCIÓN CONCEJO DELIBERANTE---- ORDENANZAS

ORDENANZA 12.483

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN

SANCIONA:

ARTÍCULO 1o.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, para la Licitación Pública N° 003/2018 – Expediente N° 06143-D-2018 D.E., correspondiente a la Contratación de Servicios de Unidades de Traslado y Planes de Salud; y cuyos textos forman parte de la presente.-

ARTICULO 2o.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y FECHO, PASE AL CE.DO.M PARA SU ARCHIVO.-

SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE.-

San Juan, 09 de Agosto de 2018.-

Fdo.: Dr. Juan Pablo Dara. Presidente del Concejo Deliberante. Dra. Alejandra Caneva. Secretaria Concejo Deliberante.

pdf Boletín Oficial Nº 123

---SECCIÓN EJECUTIVO MUNICIPAL---- DECRETOS

DECRETO No 1.456/18
San Juan, 07 de Agosto de 2018.-

VISTO:
Las actuaciones obrantes en Expediente No 05157-

D-2018, y;
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Director de Publicidad Urbana solicita se de curso al Proyecto de Reglamentación sobre instalaciones de Publicidad estática a fin de modernizar la normativa existente y agilizar los trámites de autorización municipal.-
Que a fs. 20/29 se adjunta copia de Decreto No 0441 de fecha 17/03/1997 -Anexo I y II-.-
Que la Sra. Secretaria de Hacienda toma conocimiento de la propuesta del Director de Publicidad de modificar el Decreto No 441/1997, a los efectos de adaptar la normativa vigente a la realidad, permitiendo agilizar los trámites de autorización municipal.-
Que el Sr. Secretario de Planificación Urbana otorga Visto Bueno.
Que Fiscalía General emite Opinión Fiscal No 1867/2018 a través de la cual expresa: “ ...Analizadas las constancias de Autos, esta Fiscalía no tiene objeción legal que formular al Proyecto de Reglamentación presentado por Dirección de Gestión de Publicidad Urbana.

pdf Boletín Oficial Nº 122

---SECCIÓN CONCEJO DELIBERANTE---- DECRETOS

DECRETO No 3.644

VISTO:
La Resolución N° 2738 de fecha 23 de septiembre de

2010, y;

CONSIDERANDO:
Que la disposición normativa referida precedentemente debe ser reglamentada, instrumentando los medios necesarios para la conformación de la Comisión de Digesto Municipal y la redacción de un manual de técnica legislativa; Que dicha reglamentación corresponde a un Decreto de Presidencia, herramienta de la función de Jefe de la Administración del Concejo Deliberante;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente al efecto;

POR ELLO:
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Disponer la conformación de la Comisión de Digesto Municipal en el ámbito del Concejo Deliberante de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, con el objeto de elaborar el Digesto Municipal y un Manual de Técnica Legislativa, de las normas emanadas del Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo Municipal.

pdf Boletín Oficial Nº 121

---SECCIÓN CONCEJO DELIBERANTE---- ORDENANZAS

ORDENANZA 12.482.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN

SANCIONA:

ARTÍCULO 1o.- Modificase el Artículo 5o de Ordenanza Municipal No 12.310, el que quedara redactado en los siguientes términos: “ARTÍCULO 5o.- ALUMBRADO PÚBLICO: La Contribución por Servicio y Mantenimiento de Alumbrado Público (Artículo 163o , inciso b, Código Tributario Municipal), se percibirá mensualmente mediante su inclusión – en forma discriminada- en la boleta de energía eléctrica, estableciéndose en una suma fija y otra variable, según se determina seguidamente:

a) Suma Fija $52,00
b) Suma Variable: El ocho por ciento (8%) sobre el valor resultante del consumo de energía compuesto por el cargo fijo más el cargo variable, excluidos impuestos, contribuciones y subsidios, facturados a cada usuario dentro del ejido municipal por Energía San Juan S.A.;
c) Quedan exentos en un 100%, los Usuarios Carenciados, que no sean Usuarios titulares de dos o más puntos de suministro, que estén encuadrados en la Tarifa T1-