---SECCIÓN CONCEJO DELIBERANTE---- ORDENANZAS
ORDENANZA 12.426.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
SANCIONA:
ARTÍCULO 1o.- Establecer un único Sentido de Circulación de la siguiente arteria de ejido capitalino. Calle Saturnino Sarassa: único sentido de (Oeste a Este), tramo comprendido, desde calle Abraham Tapia Sur hasta calle Lavalle, Capital.-
ARTÍCULO 2o.- Prohíbese el Estacionamiento vehicular en el costado izquierdo de la calzada de calle Saturnino Sarassa, tramo comprendido desde calle Abraham Tapia hasta calle Lavalle, Capital.-
ARTÍCULO 3o.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la dependencia correspondiente, realizará la señalización vertical y horizontal correspondiente.-
ARTICULO 4o.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y FECHO, PASE AL CE.DO.M. PARA SU ARCHIVO.-
---SECCIÓN EJECUTIVO MUNICIPAL---- EDICTOS
EDICTO INTIMASE al Señora Beatriz Silvana Quiroga, D.N.I. 14.733.974; a la Señora Marciana Nilda Quiroga, D.N.I. 3.126.636 y al Señor Carlos Washington Quiroga, D.N.I. 14.991.526, y/o a quien resulte ser el propietario del inmueble sito en Calle O`Higgins 235 Este, Trinidad, San Juan, N.C.No 01-55-370-260, para que en el plazo de treinta (30) días a contar desde la presente publicación, procedan a limpiar y cerrar el Lote Baldío de referencia; ello, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere/n, la Municipalidad de la Ciudad de San Juan procederá a realizar los trabajos y/u obras que resulten necesarias a costa de su propietario/a. Todo ello, de conformidad a las expresas disposiciones del artículo 6 de la Ordenanza No 12.316. Fdo.: Dr. Emilio Carvajal. Jefe de Gabinete. 5 de Julio de 2018
---SECCIÓN JUDICIAL----
REBELDIA DEC944
EDICTO INTIMASE al Señora Beatriz Silvana Quiroga, D.N.I. 14.733.974; a la Señora Marciana Nilda Quiroga, D.N.I. 3.126.636 y al Señor Carlos Washington Quiroga, D.N.I. 14.991.526, y/o a quien resulte ser el propietario del inmueble sito en Calle O`Higgins 235 Este, Trinidad, San Juan, N.C.No 01-55-370-260, para que en el plazo de treinta (30) días a contar desde la presente publicación, procedan a limpiar y cerrar el Lote Baldío de referencia; ello, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere/n, la Municipalidad de la Ciudad de San Juan procederá a realizar los trabajos y/u obras que resulten necesarias a costa de su propietario/a. Todo ello, de conformidad a las expresas disposiciones del artículo 6 de la Ordenanza No 12.316. Fdo.: Dr. Emilio Carvajal. Jefe de Gabinete.
4 de Julio de 2018 ---SECCIÓN JUDICIAL----
REBELDIA
EDICTO INTIMASE al Señora Beatriz Silvana Quiroga, D.N.I. 14.733.974; a la Señora Marciana Nilda Quiroga, D.N.I. 3.126.636 y al Señor Carlos Washington Quiroga, D.N.I. 14.991.526, y/o a quien resulte ser el propietario del inmueble sito en Calle O`Higgins 235 Este, Trinidad, San Juan, N.C.No 01-55-370-260, para que en el plazo de treinta (30) días a contar desde la presente publicación, procedan a limpiar y cerrar el Lote Baldío de referencia; ello, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere/n, la Municipalidad de la Ciudad de San Juan procederá a realizar los trabajos y/u obras que resulten necesarias a costa de su propietario/a. Todo ello, de conformidad a las expresas disposiciones del artículo 6 de la Ordenanza No 12.316. Fdo.: Dr. Emilio Carvajal. Jefe de Gabinete. 3 de Julio de 2018
REBELDIA VBW522
EDICTO INTIMASE al Sr. Carlos C. Carmona, D.N.I. 8.563.915 y a la Sra. Estela Mary Castilla de Carmona, D.N.I. 10.702.610 y/o a quien resulte ser el propietario del inmueble sito en Calle José Marti 767 Sur, para que en el plazo de treinta (30) días a contar desde la presente publicación, procedan a limpiar y cerrar el Lote Baldío de referencia; ello, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere/n, la Municipalidad de la Ciudad de San Juan procederá a realizar los trabajos y/u obras que resulten necesarias a costa de su propietario/a. Todo ello, de conformidad a las expresas disposiciones del artículo 6 de la Ordenanza No 12.316. Fdo.: Dr. Emilio Carvajal. Jefe de Gabinete. 25 de Junio de 2018
REBELDIA GXY417 En AUTOS N° 1-A00313494/2016, se declaró la rebeldia de MAMONE ALBERTO NICOLAS, situación procesal que cesará con el comparendo del rebelde, sin perjuicio de los actos que debidamente se cumplan dentro del proceso.