---SECCIÓN CONCEJO DELIBERANTE---- ORDENANZAS
ORDENANZA 12.976
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
SANCIONA:ARTÍCULO 1o.- Adhiérese la Municipalidad de la Ciudad de San Juan a la Ley de la Provincia de San Juan No 736-A, Decreto Reglametario, que establece el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública.-ARTÍCULO 2o.- El Departamento Ejecutivo, reglamentará la utilización de la norma objeto de la presente, y dispondrá su gradual implementación.-ARTÍCULO 3o.- Deróguese en todos sus términos la Ordenanza No 7581 y cualquier otra norma que se oponga a la presente.-ARTÍCULO 4o.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y FECHO, PASE AL CE.DO.M. PARA SU ARCHIVO.-
---SECCIÓN JUDICIAL---- EDICTOS
REBELDIA GOO798 En AUTOS N° 1-A00357654/2016, se declaró la rebeldia de DEBANNE JOSE ANTONIO, situación procesal que cesará con el comparendo del rebelde, sin perjuicio de los actos que debidamente se cumplan dentro del proceso. Ciudad de San Juan, 22 de Noviembre de 2019
REBELDIA KDA452 En AUTOS N° 1-A00370873/2016, se declaró la rebeldia de CORNEJO REYES T ADEO GASTON, situación procesal que cesará con el comparendo del rebelde, sin perjuicio de los actos que debidamente se cumplan dentro del proceso. Ciudad de San Juan, 22 de Noviembre de 2019
REBELDIA GSG753 En AUTOS N° 1-A00370877/2016, se declaró la rebeldia de , situación procesal que cesará con el comparendo del rebelde, sin perjuicio de los actos que debidamente se cumplan dentro del proceso. Ciudad de San Juan, 22 de Noviembre de 2019
ORDENANZA 13.044
SANCIONA:ARTÍCULO 1o.- Modifícase el Código 35005 – Casino y Sala de Juego – Anexo III Contribución sobre las Diversiones y Espectáculos Públicos 2019 de la Ordenanza No 12.671 (Ordenanza Tributaria Anual Año 2019), que quedará redactado de la siguiente forma:
---SECCIÓN EJECUTIVO MUNICIPAL---- EDICTOS
EDICTO DE INTIMACIÓN.
INTÍMASE al señor Mestre Brizuela, Eduardo, L.E.: 6.768.504, y/o quien resultare ser el propietario de la parcela ubicada en calle La Pampa 2874 Sur, Capital – San Juan, N.C. No 01-46-715-298, para que en término perentorio de treinta (30) días a contar desde la presente publicación, proceda a realizar construcción de vereda, cierre y limpieza del lote baldío de referencia; ello, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere/n, se labrará acta contravencional correspondiente y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan procederá a realizar los trabajos y/u obras que resulten necesarias a costa de su propietario/a. Todo ello, de conformidad a las expresas disposiciones del art. 133o de la Ordenanza No 7281, art. 134o y art. 162o de la Ordenanza No 7783 – Código Municipal de Faltas y art. 6o de la Ordenanza No12.316/17. . Fdo.: Lic. Pablo Sales. Secretario de Ambiente y Servicios.
15 de Noviembre de 2019
INTÍMASE al señor Mestre Brizuela, Eduardo, L.E.: 6.768.504, y/o quien resultare ser el propietario de la parcela ubicada en calle La Pampa 2874 Sur, Capital – San Juan, N.C. No 01-46-715-298, para que en término perentorio de treinta (30) días a contar desde la presente publicación, proceda a realizar construcción de vereda, cierre y limpieza del lote baldío de referencia; ello, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere/n, se labrará acta contravencional correspondiente y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan procederá a realizar los trabajos y/u obras que resulten necesarias a costa de su propietario/a. Todo ello, de conformidad a las expresas disposiciones del art. 133o de la Ordenanza No 7281, art. 134o y art. 162o de la Ordenanza No 7783 – Código Municipal de Faltas y art. 6o de la Ordenanza No12.316/17. . Fdo.: Lic. Pablo Sales. Secretario de Ambiente y Servicios.14 de Noviembre de 2019
INTÍMASE al señor Mestre Brizuela, Eduardo, L.E.: 6.768.504, y/o quien resultare ser el propietario de la parcela ubicada en calle Fray Justo Santa María de Oro 504 Sur, Capital – San Juan, N.