--SECCIÓN JUDICIAL---- RESOLUCIONES CONJUNTAS
RESOLUCIÓN CONJUNTA 55/2019 San Juan, 30 de diciembre de 2019.-
AUTOS Y VISTOS: Lo dispuesto por el artículo 5o, inciso 1o y 7o de la Ordenanza No 11365 y las facultades de supertendencia de los Tribunales Municipales en pleno.
Y CONSIDERANDO: Que se hace necesario resolver la cuestión de la feria de enero y julio del año 2020.
Que a fin de dotar de previsibilidad al lapso de feria, y atentos a que la duración de la feria judicial ordenada por el Poder Judicial Provincial resulta adecuada a los requerimientos de la Justicia Municipal de la Ciudad de San Juan, consideramos que ambas finalidades bien pueden obtenerse uniformando las fechas con las dispuestas en el Poder Judicial Provincial.
POR ELLO, antecedentes y disposiciones citadas, los Jueces de Faltas de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan
RESUELVEN: 1° Disponer feria judicial municipal durante el lapso que dure la feria judicial provincial dispuesta para el mes de enero y julio de 2.020. 2o Durante la feria de enero de 2.020 el turno judicial será cubierto por el Juzgado Municipal de 2a Nominación en la primera quincena y por el Juzgado Municipal de 1a Nominación en la segunda quincena.