Miércoles, 18 Marzo 2020

Prórroga por 90 días del Certificado Único de Discapacidad

Por resolución nacional, los CUD que vencían en marzo seguirán siendo válidos otros 3 meses. La medida se tomó para evitar la concurrencia de público a edificios estatales.

Para evitar la propagación del Coronavirus COVID – 19, el gobierno nacional adoptó una serie de medidas de prevención. Una de las principales acciones fue suspender actividades que puedan implicar alta concurencia. Y en ese mismo espíritu se decidió restringir el acceso a edificios públicos.

El Municipio de la Ciudad de San Juan, a través de su Área de Discapacidad, dependiente de la Secretaria de Gobierno, informa que por decisión nacional se prorrogó el vencimiento del Certificado Único de Discapacidad (CUD). Es decir que los CUD que vencieron el 16 de marzo tienen validez por 90 días corridos más. No hará falta tramitar la renovación, por lo que las familias de personas con discapacidad tienen otra razón más para permanecer en sus hogares.

La Agencia Nacional de Discapacidad emitió la Resolución 2020-60, en donde expresa en su artículo 5º textualmente:  

“Prorrógase la vigencia de los plazos de vencimiento del Certificado Único de Discapacidad, del correspondiente troquel de pase de transporte público y del Símbolo Internacional de Acceso, por plazo de 90 días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente y de aquellos cuyo vencimiento opero  a partir del 16 de febrero  de 2020.

Esta medida de tal resolución se dispuso por instrucciones directas del Presidente de la Nación, Alberto Fernández, en coordinación directa  con la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría General de Presidencia y el Ministerio de Salud de la Nación, en una serie de medidas que van a garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad, llevando adelante los cuidados  necesarios para hacer frente a esta emergencia sanitaria, en el marco que tomo la propagación del Coronavirus COVID – 19.

Además, por la Dirección Nacional de Políticas y Regulación de Servicios, se puso en conocimiento de dicho artículo 5º, a la Superintendencia de Servicio de Salud de la Nación, a la Comisión Nacional de Regulación de Transporte y al Órgano de Control de concesiones Viales.