Cementerio

0264 4222444 
Las Heras Norte 550

Podés visitar el Cementerio Municipal todos los días.

📆 Lunes a sábados: de 08:00 a 12:30 hs. y de 15:00 a 19:00 hs.
📆 Domingos y feriados: de 08:00 a 13:00 hs. y de 15:00 a 19:00 hs.

Si necesitas realizar una inhumación u otro trámite ante el Cementerio Municipal podés acercarte a las oficinas junto a la puerta de ingreso en los mismos horarios.

Tasas 2023

Por la solicitud de certificado de concesión se abonará:

Solicitud de Certificado: $      2000,00
Certificado original: $      3000,00
Duplicado del certificado: $      3600,00
Triplicado del certificado: $      4000,00
Cuadriplicado del certificado o posteriores: $      5000,00

 Por la transferencia de los Derechos de Concesión, se abonará:

1.      Mausoleos:  
a) Chico (hasta 7 m²): $ 32.400,00
b) Mediano (más de 7 m² y hasta 15 m²): $ 50.000,00
c) Grande (más de 15 m²): $ 67.500,00
2. Terrenos: $ 32.900,00
3. Nichos:  
 a) Columna o Lotes: $   23.600,00
 b) Nicho para Adultos: $   9.500,00
 c) Nicho para Niños: $   5.100,00
4. Urnas (grandes o chicas): $    2.200,00


Servicio de Mantenimiento:

Por los servicios de mantenimiento en el cementerio (barrido, limpieza, recolección de residuos, etc.), los contribuyentes, responsables o titulares de propiedades o concesiones en la necrópolis, abonarán anualmente:

           1.- Nicho: $  4.000,00
           2.- Columna completa: $  8.500,00
           3.- Lote: $  9.100,00
           4.- Concesión Edificio Cofradía del Stmo. Rosario  
                       a) Nicho: $  8.350,00
                       b) Nichos urna: $  1.600,00
            5.- Mausoleo:  
                    a) Chico (hasta 7 m²): $  10.000,00
                    b) Mediano (más de 7 m² y hasta 15 m²): $  12.650,00
                    c) Grande (más de 15 m²): $  20.400,00
            6.- Nichos, Urnas (chicas o grandes): $  1.250,00
            7.- Alquiler de Depósito por mes: $  6.000,00

Todos los contribuyentes que estén al día con el pago de la Contribución por el Servicio de Mantenimiento de espacios comunes, al 31/12/2022, serán beneficiados con el veinte por ciento (20%) de descuento sobre el importe del mencionado servicio en el año 2023.-

(Nota: Conforme a lo dispuesto en el Capítulo I – Artículo 2º, se fija una alícuota mensual en concepto de “Intereses Resarcitorios” del 3,00%)


Obras y Reparaciones:

Para la construcción o reparación de nichos, columnas, panteones o mausoleos, se solicitará autorización a la Dirección del Cementerio, y por la Secretaría de Planificación Urbana, a través del Departamento que ésta indique, se procederá a la aprobación de la obra, previa presentación de planos
aprobados, y posteriormente, a su inspección, debiendo abonarse:
1.- Un derecho de construcción e inspección, según lo establecido en los Artículos 49° y 51° de la presente Ordenanza.
2.- Por el Certificado de Final de Obra, según lo establecido en el Artículo 52° de la presente Ordenanza.
3.- Por el permiso o autorización para colocar placas identificatorias y/o recordatorias, floreros, vidrios, cerraduras y/o realizar reparaciones menores, etc., y adjuntando copia de la factura de compra del o los elementos a colocar, se deberá abonar: $1.800,00
4.- Por los Derechos de cierre de nichos, pintura de mausoleos, impermeabilización de techos y colocación de membrana asfáltica, se deberá abonar: 

a) Derecho por cierre de nichos de ladrillos, con materiales y mano de obra: $ 5.950,00

b) Derecho de cierre de nichos, sin materiales y por cuenta de terceros (placas cementicias, piedras, puertas, revestimientos, obras de pintura, impermeabilización de techos y colocación de membrana asfáltica, etc.) presentando las correspondientes facturas de compra: $ 5.100,00

Inhumaciones y Exhumaciones:

Por los servicios de inhumación y exhumación, se abonará:

Nichos para niños: $  2.880,00
Nichos para adultos: $  4.000,00
Mausoleos: $  5.800,00
Traslados Internos: $  3.900,00
Traslados Externos: $  5.100,00
Cambios de metálica de ataúdes (estos trabajos serán realizados por el personal de panteoneros): $  9.000,00
Derecho de introducción de Cadáveres: Por el derecho de introducción de cadáveres al Cementerio de la Capital, se abonara la suma de pesos: $  6.000,00

Regularización de Deudas:

Los titulares de nichos, columnas, lotes o mausoleos del Cementerio de la Capital, que mantuvieren deuda por la Contribución prevista en el Artículo 69º de la presente, deberán regularizarla previo a la iniciación de cualquier tipo de trámite administrativo, tales como solicitud de títulos,
transferencias, inhumaciones, exhumaciones, traslados, reducciones, cambio de metálica de ataúdes, obras y reparaciones, etc. 

Las urnas, producto de las reducciones que se hicieren en la Necrópolis, deberán estar soldadas y exhibir la chapa identificatoria con el nombre y la fecha de fallecimiento del extinto/a reducido/a.
El Departamento Ejecutivo queda facultado para modificar los importes detallados en el presente Capítulo, autorizar la concesión de nichos de propiedad de la Municipalidad y autorizar al Cementerio Municipal a otorgar facilidades de pago por deudas originadas en las contribuciones fijadas en el presente Capítulo.-