Tasas 2023
Por la solicitud de certificado de concesión se abonará:
Solicitud de Certificado: | $ 2000,00 |
Certificado original: | $ 3000,00 |
Duplicado del certificado: | $ 3600,00 |
Triplicado del certificado: | $ 4000,00 |
Cuadriplicado del certificado o posteriores: | $ 5000,00 |
Por la transferencia de los Derechos de Concesión, se abonará:
1. Mausoleos: | |
a) Chico (hasta 7 m²): | $ 32.400,00 |
b) Mediano (más de 7 m² y hasta 15 m²): | $ 50.000,00 |
c) Grande (más de 15 m²): | $ 67.500,00 |
2. Terrenos: | $ 32.900,00 |
3. Nichos: | |
a) Columna o Lotes: | $ 23.600,00 |
b) Nicho para Adultos: | $ 9.500,00 |
c) Nicho para Niños: | $ 5.100,00 |
4. Urnas (grandes o chicas): | $ 2.200,00 |
Servicio de Mantenimiento:
Por los servicios de mantenimiento en el cementerio (barrido, limpieza, recolección de residuos, etc.), los contribuyentes, responsables o titulares de propiedades o concesiones en la necrópolis, abonarán anualmente:
1.- Nicho: | $ 4.000,00 |
2.- Columna completa: | $ 8.500,00 |
3.- Lote: | $ 9.100,00 |
4.- Concesión Edificio Cofradía del Stmo. Rosario | |
a) Nicho: | $ 8.350,00 |
b) Nichos urna: | $ 1.600,00 |
5.- Mausoleo: | |
a) Chico (hasta 7 m²): | $ 10.000,00 |
b) Mediano (más de 7 m² y hasta 15 m²): | $ 12.650,00 |
c) Grande (más de 15 m²): | $ 20.400,00 |
6.- Nichos, Urnas (chicas o grandes): | $ 1.250,00 |
7.- Alquiler de Depósito por mes: | $ 6.000,00 |
Todos los contribuyentes que estén al día con el pago de la Contribución por el Servicio de Mantenimiento de espacios comunes, al 31/12/2022, serán beneficiados con el veinte por ciento (20%) de descuento sobre el importe del mencionado servicio en el año 2023.-
(Nota: Conforme a lo dispuesto en el Capítulo I – Artículo 2º, se fija una alícuota mensual en concepto de “Intereses Resarcitorios” del 3,00%)
Obras y Reparaciones:
Para la construcción o reparación de nichos, columnas, panteones o mausoleos, se solicitará autorización a la Dirección del Cementerio, y por la Secretaría de Planificación Urbana, a través del Departamento que ésta indique, se procederá a la aprobación de la obra, previa presentación de planos
aprobados, y posteriormente, a su inspección, debiendo abonarse:
1.- Un derecho de construcción e inspección, según lo establecido en los Artículos 49° y 51° de la presente Ordenanza.
2.- Por el Certificado de Final de Obra, según lo establecido en el Artículo 52° de la presente Ordenanza.
3.- Por el permiso o autorización para colocar placas identificatorias y/o recordatorias, floreros, vidrios, cerraduras y/o realizar reparaciones menores, etc., y adjuntando copia de la factura de compra del o los elementos a colocar, se deberá abonar: $1.800,00
4.- Por los Derechos de cierre de nichos, pintura de mausoleos, impermeabilización de techos y colocación de membrana asfáltica, se deberá abonar:
a) Derecho por cierre de nichos de ladrillos, con materiales y mano de obra: $ 5.950,00
b) Derecho de cierre de nichos, sin materiales y por cuenta de terceros (placas cementicias, piedras, puertas, revestimientos, obras de pintura, impermeabilización de techos y colocación de membrana asfáltica, etc.) presentando las correspondientes facturas de compra: $ 5.100,00
Inhumaciones y Exhumaciones:
Por los servicios de inhumación y exhumación, se abonará:
Nichos para niños: | $ 2.880,00 |
Nichos para adultos: | $ 4.000,00 |
Mausoleos: | $ 5.800,00 |
Traslados Internos: | $ 3.900,00 |
Traslados Externos: | $ 5.100,00 |
Cambios de metálica de ataúdes (estos trabajos serán realizados por el personal de panteoneros): | $ 9.000,00 |
Derecho de introducción de Cadáveres: Por el derecho de introducción de cadáveres al Cementerio de la Capital, se abonara la suma de pesos: | $ 6.000,00 |
Regularización de Deudas:
Los titulares de nichos, columnas, lotes o mausoleos del Cementerio de la Capital, que mantuvieren deuda por la Contribución prevista en el Artículo 69º de la presente, deberán regularizarla previo a la iniciación de cualquier tipo de trámite administrativo, tales como solicitud de títulos,
transferencias, inhumaciones, exhumaciones, traslados, reducciones, cambio de metálica de ataúdes, obras y reparaciones, etc.
Las urnas, producto de las reducciones que se hicieren en la Necrópolis, deberán estar soldadas y exhibir la chapa identificatoria con el nombre y la fecha de fallecimiento del extinto/a reducido/a.
El Departamento Ejecutivo queda facultado para modificar los importes detallados en el presente Capítulo, autorizar la concesión de nichos de propiedad de la Municipalidad y autorizar al Cementerio Municipal a otorgar facilidades de pago por deudas originadas en las contribuciones fijadas en el presente Capítulo.-