Términos y condiciones para la donación digital de imágenes para el Museo de la Historia Urbana
El usuario debe leer, entender y aceptar todas las condiciones establecidas en estos Términos y Condiciones, previo a su registro como usuario y/o la utilización del Sitio. En cualquier caso, las personas que utilicen el Sitio aceptan sin condicionamientos ni reserva alguna cada uno de los presentes Términos y Condiciones de donación y la Política de Protección de datos personales del mismo (la "Política de Protección de datos personales").
Cualquier persona que no acepte estos términos y condiciones generales, los cuales tiene un carácter obligatorio y vinculante, deberá abstenerse de utilizar la donación digital.
Todos los contenidos insertos en el Sitio, incluyendo, pero sin limitación a, imágenes, ilustraciones, clips de audio y de video, se encuentran protegidos por derechos de autor, los cuales a partir de la aceptación de los Términos y condiciones de donación, pertenecen a CAPITAL SAN JUAN.
La Aceptación de los Términos y Condiciones comprenden:
I- Que el donante expone ser propietario y tiene poder de disposición de lo donado digitalmente.
II- Que el bien se encuentra libre de toda carga, gravamen y limitación, y que no existe sobre el mismo, contienda judicial de ninguna índole.
III- Que el DONANTE tiene la intención voluntaria y consciente de donar el citado bien digital, incluyendo la propiedad intelectual, derechos de reproducción, uso y goce.
IV- Que el DONATARIO, Museo de la Historia Urbana, dependiente de Secretaría de Cultura, Turismo y Educación del Municipio, Capital San Juan, aceptar ad referéndum del Consejo Deliberante de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan (config. art. 39, inc. 13, Carta Orgánica Municipal) la donación otorgada a su favor, entrando en este acto en posesión de la misma.
V- Que el DONANTE entrega libre, voluntaria, pura, simple y gratuitamente en favor del DONATARIO la posesión y nuda propiedad el siguiente bien
VI- Que de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación, la donación será revocada a instancia del DONANTE, con los efectos previstos en este mismo texto legal, en caso de:
- a) Incumplimiento de las cargas aquí previstas.
- b) Ingratitud del DONATARIO, entendida de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1571 del Código Civil y Comercial de la Nación.